jueves, 9 de junio de 2011

Estrategia a aplicar por el CNP en defensa de la profesión


Basados en los instrumentos legales vigentes y ratificando  los acuerdos de la Convención Nacional en relación a erradicar las prácticas ilegales de la profesión periodística en dos dimensiones: falta de colegiación de los egresados de las Escuelas de Comunicación Social y usurpación de funciones por parte de personas ajenas al Gremio. El acuerdo se tomó en la Junta Directiva Ampliada del Colegio Nacional de Periodistas que tuvo lugar,  el pasado fin de semana en la Isla de Margarita y resolvió activar a las 26 Seccionales en una estrategia común con las siguientes líneas de acción:
Área académica: Visitas a las universidades para reforzar en los estudiantes el tema de la colegiación. Solicitar a las universidades una base de datos en línea de pasantes y egresados, organizada por número de cédula para facilitar su ubicación. Crear grupos de apoyo para fortalecer acción gremial, partiendo del movimiento estudiantil.
Área formativa: Talleres de información y reflexión en tres niveles: estudiantes, egresados y los usurpadores de nuestra profesión. Talleres para medios comunitarios: evaluar límites de sus competencias. Talleres para periodistas: aplicación de la Ley de Ejercicio del Periodismo en las nuevas tecnologías.
Área jurisdiccional: Visitar Fiscalías y Defensorías para respaldar los procedimientos a seguir en casos de ejercicio ilegal. Solicitar apoyo de Notarías y Registros mediante jornadas especiales de registro de  títulos profesionales.
Campaña: "Periodismo Hecho por Periodistas": Precisar funciones de periodistas y profesiones afines. Posicionamiento de la imagen de periodista. Actividades simultáneas a nivel nacional.
Todas estas actividades encuentran sustento en los instrumentos legales que rigen el Periodismo como profesión (Aporte del CNP-Zulia).  CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CRBV) Art. 105. La ley determinará las profesiones que requieren título y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiación.
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
Art. 2. Para el ejercicio de la profesión de periodista se requiere poseer el título de Licenciado en Periodismo, Licenciado en Comunicación Social o título equivalente, expedido en el país por una Universidad, o título revalidado legalmente; y estar inscrito en el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y en el Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP).
Art. 3. Son funciones propias del periodista en el ejercicio de su profesión la búsqueda, la preparación y la redacción de noticias; la edición gráfica, la ilustración fotográfica, la realización de entrevistas periodísticas, reportajes y demás trabajos periodísticos, así como su coordinación en los medios de comunicación social impresos, radiofónicos y audiovisuales, agencias informativas, secciones u oficinas de prensa o información de empresas o instituciones públicas o privadas. Los periodistas que ejerzan en medios radiofónicos y audiovisuales están autorizados para efectuar las locuciones propias o vinculadas con su actividad profesional.
Art 39. El que ejerza ilegalmente la profesión de periodista será sancionado con pena de prisión de tres (3) a seis (6) meses. Es competencia de la jurisdicción penal, conocer y sancionar la participación en estos casos y el enjuiciamiento será de oficio, por denuncia o a instancia de parte.
Indica el documento suscrito, es cierto que la Comunicación es un derecho humano, pero también es verdad que existe necesidad de que la Comunicación sea responsable y con calidad.
Para alcanzar estos objetivos, en Venezuela es obligatorio que el periodismo lo ejerzan profesionales formados para tal fin.
El Colegio Nacional de Periodistas tiene los mecanismos para salvaguardar la calidad del ejercicio de la profesión y parte de los problemas que algunos pueden observar en la praxis, se debe a la intromisión de personas ajenas, a quienes no se les puede aplicar ninguna sanción. La profesionalización y la colegiación son la garantía de un periodismo de calidad y ético.
Es necesario y un deber que cada periodista, graduado, e inscrito legalmente en el CNP, defienda la Ley que ampara al periodista venezolano, que denuncie a los infractores y no avale el ejercicio ilegal. Caso contrario se hace corresponsable de tal delito.

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